LA HERENCIA

Algunos dicen que el Islam no ha igualado entre el hombre y la mujer en cuanto a la herencia; sin embargo, hay que decir que el Islam es el primer sistema de la historia que otorgó a la mujer el derecho a recibir parte de la herencia, tanto si es hija, madre o esposa: " Sea para los hombres una parte de lo que los padres y parientes más cercanos dejen; y para las mujeres una parte de lo que los padres y parientes más cercanos dejen. Poco o mucho, es una parte determinada " (36); y esto, teniendo en cuenta que en la sociedad árabe preislámica la mujer estaba privada de toda herencia (al igual que en otras muchas sociedades), pues el hombre dejaba todas sus riquezas a sus hijos varones, sin contar con las hijas.

Así, los mandatos coránicos son claros al establecer una parte para los hombres y una parte para las mujeres en lo que respecta a la herencia, debido a que a las mujeres y varones menores de edad les era negada su parte de la herencia, no solo en la Arabia preislámica sino también en la ley bíblica. De hecho, la Enciclopedia Bíblica de Cheyne y Black señala que las mujeres han sido universalmente, y en todos los aspectos, consideradas inferiores a los hombres en los derechos de propiedad, pudiendo únicamente los hijos, no las hijas y menos las esposas, heredar (37).

En cualquier caso, atendiendo a la ley islámica, el porcentaje correspondiente a la mujer dependerá de la cercanía del difunto y del número de individuos con los que compartirá la herencia, teniendo en cuenta si son mujeres, varones, o mujeres y varones, y siempre después de haber satisfecho los legados y pagado las deudas, incluidos los gastos del funeral. Así:

1.a- A la hija le corresponde la mitad de lo que le corresponde a su hermano, por parte del padre: " Dios os ordena lo siguiente en lo que toca a vuestros hijos: que la porción del varón equivalga a la de dos hembras " (38).
1.b- Si no tiene hermanos varones y es hija única, recibirá la mitad de la herencia: "Si es hija única, la mitad" (39).
1.c- Y si son más de una hija recibirán dos tercios: " Si éstas son más de dos, les corresponderán dos tercios de la herencia" (40).
2.a- En cuanto a la madre, recibe, al igual que el padre, una sexta parte de la herencia de su hijo, en caso de que éste tenga descendencia: " A cada uno de los padres le corresponderá un sexto de la herencia, si deja hijos " (41).
2.b- Pero si el hijo no tiene descendencia ni está casado, la herencia en su totalidad corresponderá a los padres, de la siguiente forma: el tercio para la madre y el resto para el padre: " pero si no tiene hijos y le heredan sólo sus padres, un tercio es para la madre " (42).
2.c- En caso de que el fallecido no tenga hijos pero sí hermanos, el porcentaje de la madre disminuirá de un tercio a una sexta parte: " si tiene hermanos, un sexto para la madre " (43).
3. La esposa hereda la cuarta parte de lo que haya dejado su marido en caso de no tener hijos o hijas ; pero si no es así, recibirá la octava parte: " si no tenéis hijos, a ellas les corresponde un cuarto de lo que dejéis. Si tenéis, un octavo de lo que dejéis "(44).

Vemos pues que el sistema hereditario islámico es considerablemente complejo. Sin embargo, en lo que respecta a la herencia de la mujer ésta recibe, en la mayoría de los casos, la mitad de lo que recibe el varón, por lo que generalmente se suele decir, especialmente en Occidente, que las mujeres son consideradas inferiores a los hombres. Pero el hecho de que uno de los sexos reciba una parte mayor o menor no implica que el receptor de la parte menor sea considerado inferior. En realidad, la herencia depende mucho de la estructura social y económica y de la función de cada uno de los sexos, por lo que su reglamento ha de ser contemplado en este contexto. Así, según la Shariah islámica, derivada del Corán, la Sunna y las escuelas jurídicas, la esposa ha de ser mantenida por su marido, aunque posea una gran riqueza, de la que no está obligada a gastar nada, y teniendo el derecho de reclamar a su esposo la manutención. Además, a la hora de casarse, la mujer recibe una dote que es sólo suya, independientemente de su cuantía. Así, la esposa añade a lo que posee su parte de herencia y sin tener ninguna obligación de mantenerse a sí misma o a sus hijos.

La Enciclopedia Ijwan al-Safa ha sido elaborada por los mayores intelectuales de los siglos X-XI ; y en la cuestión de la herencia de la mujer dicen: "They (the intellectuals) do not know and understand that the rule laid down in the Divine law actually leads to what they hint at and desire for. For example, if you were to inherit from your father one thousand dirhams and your sister 500 dirhams, at her marriage she will take another 500 dirhams as dower, making her share one thousand; where as when you marry you will give 500 dirhams as dower that shall leave with you half of what your sister has received. In this manner, the Divine law would produce the result they have desired and hinted at. This is the manner you should look at the Divine law so that the exact rectitude and substance of truth could become apparent " (45).
Así, la cuestión ha de ser contemplada teniendo en cuenta el presente y el futuro, pues en un presente inmediato la hija puede recibir la mitad que su hermano, pero teniendo en cuenta el futuro, es la hija la que en último término obtiene mayor beneficio, y sin estar obligada a mantenerse a sí misma.

Sin embargo, algunos se preguntarán: ¿Qué pasa con las hijas que no se casan por alguna razón? Tendría únicamente lo que heredase (la mitad de lo que reciba su hermano), y además, tendría que trabajar para mantenerse a sí misma. Pero estos casos son excepcionales en la sociedad islámica, aunque hay que tenerlas en cuenta. Las leyes se hacen para casos habituales pero se pueden hacer previsiones para aquellas mujeres que no se casen por cualquier razón. Así, una persona puede hacer su testamento favoreciendo a alguien que crea que puede necesitarlo. De hecho, en el Corán nos encontramos con la siguiente aleya: " Si asisten al reparto parientes, huérfanos, pobres, dadles algún sustento de ello y habladles con cariño " (46). Por tanto, si una hija no puede casarse, los padres pueden hacer un legado especial en su favor.

En definitiva, y como señala Ahmad Khurshid, " la porción que le corresponde a una hija es un medio de lo que le corresponde al hijo y esto indica una aparente desigualdad, pero cuando esto se reconsidera en el contexto de los papeles económicos y responsabilidades del hombre y de la mujer, su justificación queda clara. La responsabilidad de suministrar los ingresos y gastos de la familia es del hombre, mientras que la mujer tiene el derecho de administrar sus bienes e inversiones por sí misma y de ocuparse y mantener las retribuciones de ellos para ella misma. Debido a esta diferenciación de papeles y contribuciones, las partes heredadas deben ser diferentes. Pero cuando el hombre y la mujer heredan como hombre y mujer y no en relación con su cometido económico y responsabilidades sociales, deberán hacerlo a partes iguales. Por ejemplo, ante la existencia de hijos e hijas de un muerto, los bienes que heredaría el padre y la madre del difunto… corresponderían a la misma proporción de la herencia. La parte de la madre no es un medio de la del padre. Ambos obtendrían partes iguales. De forma similar, las porciones heredadas por hermanos y hermanas de la madre serían idénticas " (47).

Pero a pesar de todo, y al igual que en la época preislámica, la herencia de la mujer pasa en ocasiones a su familia o se queda en manos de la de su esposo, especialmente en pueblos y aldeas, con lo que la mujer sigue perdiendo uno de sus derechos, junto con otros muchos de los que en ocasiones es privada.